Estudios Teológicos

El Instituto Superior de Ciencias Religiosas de la diócesis de Almería, es una institución académica canónicamente erigida, vinculada a la Facultad de Teología de la UPSA (Universidad Pontificia de Salamanca).
Este Instituto tiene personalidad jurídica propia y pública, a tenor del canon 116 del CIC, y tiene su domicilio social en Carretera de Níjar, 61 de Almería. El Instituto se rige por las correspondientes normas canónicas, la Constitución Apostólica Veritatis Gaudium de la Santa Sede, así como la Instrucción sobre los Institutos Superiores de Ciencias Religiosas de la misma, por las normas establecidas de la CEE y lo
que disponen sus Estatutos aprobados, por los Estatutos de la Facultad de Teología de la UPSA y, finalmente, por los Estatutos y Reglamento del ISCR de Almería.
Las finalidades específicas del Instituto son las siguientes:

  • Proporcionar a laicos, religiosos no sacerdotes y religiosas una formación teológica y pastoral reglada,
    de rango y nivel universitario, que les capacite para desempeñar las diversas tareas y responsabilidades docentes, investigadoras y pastorales que requiere la Iglesia local y universal;
  • Organizar cursos, seminarios, ciclos de conferencias y otras actividades de extensión cultural, en las que se proyecte socialmente la relevancia actual de la inteligencia y la experiencia de la fe cristiana y católica.

El ISCR es un Centro Académico al servicio de la extensión cultural de la Diócesis de Almería, en orden a:

  • Fomentar la formación teológica y pastoral de los profesores de Religión y de cuantos tienen interés en el conocimiento académico y reglado de la Teología;
  • Proporcionar la DECA, integrada en el plan de estudios presencial de Diplomatura/Grado, a quienes han de enseñar Religión y Moral Católica, sea en educación infantil y primaria sea en secundaria y bachillerato, y extraordinariamente en los niveles de infantil/primaria o secundaria/bachillerato, como curso externo presencial o semipresencial, y también en la modalidad online, a la Diplomatura/Grado;
  • Promover el diálogo entre la fe y la cultura de nuestro tiempo, en colaboración con la Delegación Episcopal para la Enseñanza Católica y la Pastoral de la Cultura;
  • Ofrecer una formación básica a las personas que trabajan en los diversos campos de la pastoral de la Iglesia y colaboran con los ministros ordenados.

Los alumnos del Instituto pueden ser: ordinarios, extraordinarios u oyentes. Son alumnos ordinarios los que, antes de su inscripción en el Centro, reúnen las condiciones exigidas para el ingreso en la Universidad española, y optan a los títulos de Diplomado/Grado, cursando el currículo correspondiente y realizando los exámenes establecidos. Son alumnos extraordinarios aquellos que no optan a los grados académicos bien por carecer de la titulación inicial debida o porque no se matriculan en el currículo completo. Son alumnos oyentes aquellos que, no queriendo conseguir el grado académico en el ISCR, desean frecuentar algún curso, con vistas a obtener el correspondiente certificado de sola asistencia.

La modalidad de convocatorias a las que el alumnado tiene derecho una vez matriculado son ordinaria y extraordinaria (perdiendo la escolaridad con la finalización del año académico). La convocatoria ordinaria para las asignaturas impartidas durante el primer cuatrimestre tendrá lugar durante la segunda quincena de enero y la primera de febrero. Para las asignaturas anuales o impartidas durante el segundo cuatrimestre, durante la segunda quincena de mayo y la primera de junio. La convocatoria extraordinaria para cualesquiera asignaturas tiene lugar cada curso entre la última semana de junio y la primera quincena de julio.

Por otro lado, en el caso de que una asignatura no haya sido aprobada en ninguna de las dos convocatorias de un curso, ha de repetirse matriculación, escolaridad y examen. En tal supuesto, el modo en que deba satisfacerse el requisito de la escolaridad lo determinará el profesor respectivo.

Todo ello, hasta intentar superar dicha asignatura, pero con la limitación de un máximo permitido de renovación de derechos de examen de 3 convocatorias extraordinarias más, tras la primera matriculación. Los alumnos ordinarios, para adquirir derecho a ser examinados y calificados, deben tener cubierta toda la escolaridad. Las ausencias no podrán superar un tercio de las clases. Los alumnos extraordinarios u
oyentes deberán poseer una formación equivalente a la de Bachillerato.