Aspectos a tener en cuenta en la homologación del Título Eclesiástico
Títulos académicos eclesiásticos y equivalencias civiles tras su homologación
Según el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre (cf. BOE de 30/10/2007, n. 260) se establecía un plazo hasta octubre de 2010, una vez entró en vigor el Espacio Europeo de Educación Superior, a !n de que todas las enseñanzas estuviesen adaptadas a la nueva estructura marcada por la Declaración de Bolonia del 19 de junio de 1999. A dicha Declaración se adhirió la Santa Sede el 19 de septiembre de 2003. Por tanto, a partir de esta fecha (octubre 2010), todos los alumnos que se matriculan deben hacerlo según las exigencias de estos nuevos planes. Por su parte el Estado español, con el Real Decreto 1619/2011 de 14 de noviembre (cf. BOE de 16/11/2011, n. 276) establece el nuevo régimen de equivalencias de los estudios y titulaciones de ciencias eclesiásticas de nivel universitario respecto de los títulos universitarios oficiales españoles. De acuerdo con ello, se reconocen, a efectos civiles, a los títulos eclesiásticos superiores de Baccalaureatus, Licentiatus y Doctor, conferidos por los Centros Superiores de Ciencias Eclesiásticas de la Iglesia Católica, canónicamente erigidos y aprobados por la misma.
Por otro lado, el Instituto Superior de Ciencias Religiosas de Almería (ISCR) ofrece la posibilidad de cursar el «Módulo Teología Católica y su Pedagogía» aislada o simultáneamente a los estudios de Grado en Educación Primaria o Grado en Educación Infantil. Así, superar las asignaturas de este Módulo, diseñado según las directrices de la Conferencia Episcopal Española, permite obtener la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica (DECA), título propio de la Conferencia Episcopal, necesario para la enseñanza de la Religión Católica en los colegios de Infantil y Primaria.
Así pues, el reconocimiento a efectos civiles de dichas titulaciones eclesiásticas,
tendrían las siguientes equivalencias:
Titulación Eclesiástica Universitaria | Homologación Civil |
Baccalaureatus in Scientiis Religiosis (180 ECTS) Bachillerato en Ciencias Religiosas | —sin equivalencia– |
Baccalaureatus in Scientiis Religiosis (180 ECTS) + 1º Licentiatus in Scientiis Religiosis (60 ECTS) = 240 ECTS | Grado universitario |
Licentiatus in Scientiis Religiosis (120 ECTS) Licenciado en Ciencias Religiosas | Máster universitario |
Declaración Eclesiástica de Competencia Académica (DECA), título propio de la Conferencia Episcopal, necesario para impartir la asignatura de Religión Católica en colegios (niveles de infantil/primaria) y en institutos (niveles de secundaria/bachillerato) | —sin equivalencia— |
Respecto al Trabajo de Bachillerato y el Examen Complexivo para obtener el título de Bachillerato / Grado en Ciencias Religiosas
Según la normativa canónica, adecuándose al espacio Bolonia, el título de Bachiller en ciencias religiosas se otorga a aquellos alumnos que hayan cursado y aprobado todas las materias (en nuestro Centro: 240 ECTS con el plan académico a extinguir y 180 ECTS con el plan académico de nueva implantación), que posean la capacitación necesaria para leer textos en una de las lenguas modernas, además de la propia, y que hayan presentado y defendido un trabajo escrito, y superen un examen oral de síntesis según el temario aprobado por el Consejo de la Facultad de Teología de la UPSA:
a) El trabajo tendrá las siguientes características: de entre las diversas áreas / asignaturas que configuran el currículo de baccalaureatus in scientiis religiosis, plantear un argumento, desarrollo y establecer unas conclusiones, usando bibliografía básica, mostrando una capacidad de análisis, relación y valoración. extensión será de entre 30 y 50 páginas (Times New Roman, 14 puntos, interlineado sencillo, márgenes de 3 cm en todos los lados).
b) Antes de finalizar el mes de enero se ha de hacer llegar, en uno o dos folios, el esbozo o proyecto del trabajo que constará de los siguientes apartados:
- Objetivo del tema elegido, que en el caso del trabajo de bachillerato/grado en ciencias religiosas ha de tener un contenido claramente teológico.
- El método para su elaboración.
- Lo apartados o divisiones del mismo a grandes rasgos.
- Una bibliografía básica.
- Finalmente, ha de señalarse, junto al nombre del alumno, el del profesor estable del Instituto que dirigirá el trabajo y que habrá de avalar el proyecto del mismo con el «Visto Bueno».
c) El examen oral de síntesis contará con dos convocatorias: ordinaria y extraordinaria, en las fechas que la UPSA establezca. En el examen el alumno elegirá uno entre tres temas sacados a suerte. Expondrá uno durante 10 minutos y a continuación el tribunal podrá hacerle las preguntas que estime oportunas sobre el tema.
d) La nota final está formada por el 60% de la medida total de las asignaturas durante los cuatro cursos, el 20% del examen oral y el 20% del trabajo escrito.
e) Otras indicaciones de carácter metodológico a tener en cuenta en los trabajos académicos de fin de Grado:
- Se han de evitar los trabajos demasiado específicos o monográficos, propios de una tesina más que de las características de lo que aquí se pide. El título debe ser generalista y de carácter teológico, lo cual debe reflejarse también en el esquema.
- A modo de ejemplo, el itinerario debe ser el siguiente: empezar por lo más general de cualquier tema central de los distintos, tratados Dios, Cristo, Sacramentos, Antropología teológica, Moral, Pastoral, etc. El argumento escogido se ilumina luego a partir: de la Sagrada Escritura, la Tradición, el Magisterio, la reflexión teológica. Para terminar de nuevo, con una visión general en la que se ponga de relieve la relevancia actual, su incidencia en
la vida de la Iglesia, del tema estudiado. - Dicho de otro modo, después del acercamiento general al tema escogido, es legítimo que se estudie ese tema de alguna forma particular, es decir, a modo de ejemplo: con el análisis de algún o algunos textos bíblicos, con el estudio de un autor concreto que haga relación al tema, con el tratamiento de algún aspecto particular del tema, etc…
- Debe unificarse la metodología en la forma de citar y de presentar la bibliografía.
f) Para que este título pueda ser convalidado como Grado en Ciencias Religiosas por el Estado español (Real Decreto 1619/2011: BOE número 276 de 16/11/2011) el alumno deberá haber cursado 240 ECTS y realizar los trámites administrativos oficiales pertinentes.
Respecto a la memoria de licenciatura (Tesina) para obtener el título de Licenciatura / Master en Ciencias Religiosas
Para obtener esta titulación el alumno debe haber aprobado el curriculum correspondiente a este nivel académico de 60 ECTS (con el plan académico a extinguir) o de 120 ECTS (con el plan académico de nueva implantación), deberá poseer la capacitación necesaria para leer textos en dos lenguas modernas además de la propia y presentar y defender públicamente un trabajo de investigación teológica que demuestre la competencia en el campo escogido y que deberá defender públicamente. Para ello:
a) El trabajo de investigación teológica deberá mostrar que el alumno posee capacidad de análisis y síntesis, así como elaboración personal, metodología adecuada y dominio de la bibliografía relevante sobre el tema elegido del ámbito específico de la licenciatura realizada. Su extensión será de entre 50 y 70 páginas (Times New Roman, 14 puntos, interlineado sencillo, márgenes de 3 cm. en todos los lados). La dirección del mismo correrá a cargo de uno de los profesores estables del Instituto en la especialidad que se cursa.
b) En la defensa pública de este trabajo el alumno contará con 20 minutos para exponer la organización, método y contenido del trabajo presentado y a continuación el tribunal podrá hacerle las preguntas que crea convenientes sobre el tema.
c) Habrá dos convocatorias: ordinaria y extraordinaria, en las fechas que la Universidad establezca en el calendario académico.
d) La nota final será la formada en un 60% por la medida del total de las asignaturas del curriculum, un 20% de la valoración del trabajo escrito haciendo media entre el juicio del director y del censor y un 20% de la valoración de la defensa pública.
e) Otras indicaciones de carácter metodológico en cuanto a la tesina:
- El alumno tiene que entregar antes de finalizar el mes de enero, el proyecto y esquema de su trabajo de licenciatura, con el «visto bueno» del director del trabajo; y el Centro patrocinado debe enviarlo a la Facultad de Teología de la UPSA para su aprobación, igual que en el caso del bachillerato en Ciencias Religiosas.
- Por la revisión de otros trabajos en la Junta de Facultad de años anteriores, se recomienda a los alumnos que en el proyecto indiquen todos sus datos personales; el título del trabajo; describan el objeto del mismo, indiquen un breve esquema de su desarrollo, así como la metodología que se va a utilizar.
- Se debe indicar también una bibliografía básica (no excesiva, no más de una página o dos).
f) Este título podrá ser convalidado como Licenciatura en Ciencias Religiosas por el Estado español (Real Decreto 1619/2011: BOE número 276 de 16/11/2011) realizados los trámites administrativos pertinentes.